Patrimonio sin personalidad jurídica, constituido por las aportaciones de múltiples inversores. La sociedad gestora que ejerce la administración y representación del fondo se encarga también de invertir estas aportaciones en distintos activos e instrumentos financieros, cuya evolución en los mercados determina los resultados, positivos o negativos, obtenidos por los inversores o partícipes. La unidad de inversión es la participación. Los fondos pueden ser de acumulación, cuando reinvierten en el mismo producto los rendimientos obtenidos, que son los más habituales en el mercado español, o de reparto, cuando distribuyen periódicamente entre los partícipes los rendimientos obtenidos, a modo de dividendos. En España apenas existen fondos de reparto entre los de tipo tradicional, si bien en los fondos cotizados (exchange traded fund, ETF) sí es más frecuente encontrar esta posibilidad. Además de esta división, los fondos pueden ser de inversión inmobiliaria (cuando invierten en inmuebles) o mobiliaria (cuando invierten en valores).